Complemento de maternidad para padres pensionistas
Si es usted padre de 2 o más hijos y tiene reconocida una pensión entre enero de 2016 y febrero de 2021, puede incrementar su pensión entre un 5% y un 15% reclamando el complemento de maternidad.
Los tribunales están reconociendo a los padres pensionistas el derecho al complemento de maternidad que se creó solo para las madres y que, en la práctica, supone un aumento de la pensión de entre un 5% y un 15%, en función del número de hijos.
ORIGEN DE ESTE COMPLEMENTO
Actualmente, y desde el 4 de febrero de 2021, el complemento por hijo para las pensiones (denominado “complemento para la reducción de la brecha de género”), que sustituye al complemento por maternidad, lo puede cobrar cualquiera de los dos progenitores. Sin embargo, cuando se creó este complemento de maternidad en 2016, solo podía solicitarlo la madre. Es por ello que fue recurrido a los tribunales europeos por discriminación de sexo, y estos han sentenciado que también los hombres tienen derecho a percibirlo. En consecuencia, los hombres que se jubilaron o que percibieron una pensión de viudedad o incapacitación entre enero de 2016 y febrero de 2021 pueden solicitar ahora dicho complemento de forma retroactiva.
¿QUIÉNES PUEDEN RECLAMAR? REQUISITOS
- Ser padre de dos o más hijos, ya sea naturales o adoptivos, siendo irrelevante la edad de los mismos.
- Percibir una pensión contributiva: jubilación, viudedad o incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez). En el caso de pensión por jubilación, tendrán derecho las jubilaciones ordinarias o forzosas, pero no las prejubilaciones voluntarias antes de la edad legal de jubilación.
- La prestación fue reconocida entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, es decir, estando vigente la normativa anterior.
¿A CUÁNTO ASCIENDE EL INCREMENTO DE LA PENSION?
El complemento de maternidad, caso de ser reconocido, elevará su pensión entre un 5% y un 15 %, en función del número de hijos:
- Si ha tenido dos hijos, su pensión se elevará un 5%.
- Si ha tenido tres hijos, un incremento del 10% en la cuantía de la pensión.
- Si ha tenido cuatro o más hijos, la cuantía de la pensión aumentará un 15%
La cuantía resultante se añadirá directamente a la pensión que esté percibiendo, y será en 14 pagas (12 ordinarias y 2 extraordinarias).
También tendrá derecho a cobrar de forma retroactiva la cantidad que debería haber obtenido si lo hubiera estado cobrando desde que se jubiló hasta la fecha actual.
DOCUMENTACION NECESARIA PARA SOLICITAR EL COMPLEMENTO
- DNI
- Libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos
- Resolución de reconocimiento de la prestación
Si usted cree que está en esta situación y está interesado en solicitar este complemento, puede ponerse en contacto con nuestro departamento laboral, quienes calcularán el importe al que tiene derecho y se encargarán de presentar la correspondiente reclamación al INSS.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,