¿Dónde va a poner el foco Hacienda en el 2023? Publicado el Plan de control tributario de la AEAT para 2023

By Published On: 14/03/2023Categories: af-blog

Entre las principales líneas de actuación del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023, Hacienda pondrá el foco en detectar economía sumergida, en especial en el sector de la rehabilitación y las reformas de inmuebles, así como para la identificación de software de ocultación de ventas, y se reforzará el control sobre cobros virtuales a través de entidades o aplicaciones radicadas en el extranjero, las falsas residencias, así como la investigación sobre criptomonedas, entre otros.

En el BOE del día 27 de febrero de 2023 se ha publicado la Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.

Las directrices del Plan de 2023 siguen la misma estructura que otro de los instrumentos de planificación de la Agencia Tributaria, como es el Plan de Objetivos anual, y giran en torno a cinco grandes pilares:

  1. Información y asistencia.
  2. Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude.
  3. La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero.
  4. El control del fraude en fase recaudatoria.
  5. La colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

A continuación vamos a exponer un breve resumen de las principales medidas y actuaciones que se van a acometer en este ejercicio 2023 por parte de Agencia Estatal de Administración Tributaria.

ACTUACIONES GENERALES:

  • Se implantará un nuevo servicio de información y de asistencia Digital Integral, para que los ciudadanos decidan cómo quieren ser atendidos por la AEAT en aquellos servicios y trámites que así lo permitan.
  • Respecto a la imposición de sanciones tributarias, se establecerá un nuevo criterio que será relevante para la imposición de estas: el historial de cumplimiento e incumplimiento del contribuyente.
  • En la campaña del IRPF de 2022 se realizará una campaña específica de avisos durante el periodo de presentación, dirigida a aquellos ciudadanos que tienen mayor probabilidad de no presentar la autoliquidación cuando están obligados a ello.
  • Se pretende extender la educación cívico-tributaria a los diversos colectivos de la sociedad española, con materiales formativos encapsulados de autoaprendizaje, específicos para cada colectivo, y más enfocados a las necesidades reales de los mismos.
  • Se dedicarán esfuerzos a la implementación y explotación de herramientas para la utilización masiva de la nueva información sobre inmuebles y sociedades procedente del Consejo General del Notariado (Índice Único Notarial) de la que dispone la AEAT.
  • Se mantendrá la presencia en aquellos sectores y modelos de negocio en los que se aprecie alto riesgo de existencia de economía sumergida, con especial atención al uso intensivo de efectivo o al empleo de métodos electrónicos de pago radicados en el extranjero y no sujetos, de hecho, o de derecho, a las obligaciones de suministro de información.
  • Se programarán actuaciones dirigidas a evitar el uso abusivo de la personalidad jurídica con la principal finalidad de canalizar rentas, o desviar indebidamente gastos personales de personas físicas, de manera que se reduzcan improcedentemente los tipos impositivos aplicables.
  • Se seguirá con la comprobación de aquellas entidades que han sido creadas instrumentalmente con el único fin de emitir facturas irregulares para ser deducidas por sociedades operativas.
  • Se comprobará la correcta imputación de rentas a sus socios por parte de comunidades de bienes u otras entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, así como la realidad de los rendimientos declarados por éstas.
  • Se potenciará el control de nuevas formas de divisiones artificiales de las actividades económicas, tanto en el IRPF, cuando se pretende rebajar la progresividad de la tarifa, como en el IS, cuando la finalidad es la creación de entidades al objeto de burlar la gestión recaudatoria.
  • Se reforzarán los planes destinados a potenciar la presencia en la calle del personal de Inspección, principalmente dedicados al sector de la construcción inmobiliaria, especialmente en lo que se refiere a la rehabilitación y reformas.
  • Se promoverá que los sistemas informáticos que soporten procesos de facturación tengan la capacidad de remitir registros de facturación a la AEAT de una forma mecánica y automatizada.
  • Se elevará el número de visitas a los establecimientos donde se encuentran mercancías sujetas a vigilancia aduanera para verificar el correcto uso de las autorizaciones correspondientes.

FISCALIDAD CORPORATIVA:

  • Se llevarán a cabo actuaciones de control de aquellos contribuyentes que declaran una evolución irregular o anómala del importe de sus existencias que sea inconsecuente con su actividad declarada e indicio de la posible existencia de ventas ocultas.
  • En el Impuesto sobre Sociedades se espera realizar una carga de datos automática de los créditos pendientes de ejercicios anteriores en la declaración del ejercicio, en función de lo declarado o calculado en ejercicios anteriores, y se mostrará en datos fiscales la información sobre los ajustes contables realizados el ejercicio anterior.
  • La inspección incidirá en expedientes en los que existan bases imponibles negativas (“BINs”), y créditos fiscales en base o en cuota pendientes de compensar o de aplicar. Además, la AEAT comprobará que la aplicación de las deducciones por la realización de actividades responda al desarrollo de actividades reales dirigidas a tales fines. En este sentido se hace referencia a que se revisará que “los importes que se hayan aplicado como bases de la deducción se correspondan con los gastos efectivamente incurridos en su ejecución, evitando el abuso en el posible traslado de beneficios fiscales a los financiadores de las actividades que se fomenten”.
  • Se mantiene el enfoque en un control tributario específico a los grupos fiscales en el Impuesto sobre Sociedades. Se hace referencia a la comprobación de la compensación de BINs de ejercicios previos y al cumplimiento de los requisitos legales exigidos para la integración de entidades en el grupo fiscal.
  • Se analizarán estructuras asociativas como las Agrupaciones de Interés Económico (“AIE”), utilizadas como vehículos para canalizar deducciones y otros beneficios fiscales indebidos o sin cumplir los requisitos exigidos, especialmente en aquellos supuestos en que se trate de entidades carentes de actividad y medios. La comprobación se extenderá también a los partícipes o socios. Este objetivo ya se incluyó en las directrices del Plan de Control Tributario para 2022 y ya se han iniciado procesos de inspección de estas estructuras. Como novedad para el año 2023 se hace referencia a que se prestará especial atención a la venta en serie de estas estructuras cuando se acredite que se trata de estructuras abusivas o simuladas.
  • Se intentará adelantar las devoluciones de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades a pequeñas y medianas empresas.
  • La AEAT seguirá desplegando su actuación en el marco de una estrategia común, denominada “estrategia 360º en precios de transferencia”, a la que ya se refería el anterior Plan. Esta estrategia supone establecer un sistema automatizado de análisis de riesgos basado en la interrelación de toda la información disponible sobre operaciones vinculadas. Se prestará especial atención a las reestructuraciones empresariales, valoración de transmisiones o cesiones intragrupo de activos intangibles, deducción de partidas que supongan una minoración sustancial de la base imponible (cánones, servicios intragrupo), operaciones vinculadas de carácter financiero y existencia de pérdidas reiteradas.
  • Se trabajará en la depuración del censo de entidades no mercantiles con el objeto de dar de baja, en su caso, aquellas entidades que no cumplan los requisitos para estar efectivamente dadas de alta.
  • Se controlará la falsa afectación a la actividad económica de bienes de lujo o de servicios relacionados con el sector del lujo por parte de personas jurídicas cuya actividad no se encuentre vinculada con el aprovechamiento o arrendamiento de tales bienes.
  • Se configura como área de atención preferente en 2023, siguiendo la línea de 2022, la correcta declaración de retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de No residentes respecto al pagos de dividendos, intereses y cánones a no residentes sin establecimiento permanente en España. Se comprobará además si quien percibe estas rentas tiene o no la condición de beneficiario efectivo.
  • Se prevén también planes de visita específicos a determinadas empresas para identificar herramientas de software de gestión y contabilidad utilizados (en el marco de la prohibición del software de doble uso, cuyo desarrollo reglamentario está pendiente) y verificar el cumplimiento de los requisitos de facturación y emisión de tickets.
  • Se impulsará el control de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión Inmobiliaria (SOCIMI).

GRANDES PATRIMONIOS:

  • Se continúa con las labores de investigación directa sobre contribuyentes de alta capacidad económica, conocidos por sus siglas en inglés como HNWI (High Net Worth Individuals) o UHNWI (Ultra High Net Worth Individuals), para la detección y regularización de los comportamientos irregulares en que incurran. Este tipo de actuaciones no constituyen ninguna novedad dado que en los últimos años se han realizado actuaciones de revisión conjunta de personas físicas y sus estructuras financieras y societarias con la finalidad de determinar posibles contingencias en el IRPF e IP.
  • Se reforzarán los análisis patrimoniales globales del contribuyente y su familia inmediata respecto de contribuyentes “cuyo perfil de riesgo se pueda asociar a supuestos de división artificial de la actividad que buscan minorar indebidamente su nivel de tributación directa”.
  • Se perseguirá las conductas relacionadas con la simulación de residencia fiscal fuera del territorio español; cuestión que no constituye una novedad, dado que en los últimos años la AEAT viene centrando sus esfuerzos en acumular indicios para verificar el número de días de permanencia en territorio español o si el centro de actividades e intereses económicos se encuentra en territorio español.
  • En relación la residencia fiscal, también se perseguirán conductas de simulación de la residencia fiscal en una comunidad autónoma distinta de la real, con la intención de aprovecharse de una menor tributación. En este punto se hace referencia a la realización de actuaciones de control de forma coordinada entre administración estatal y autonómica para regularizar conductas de deslocalización interna. En los últimos años este tipo de actuaciones se han realizado de forma habitual, pero es evidente que, con su inclusión en las directrices del plan de control tributario 2023, existe una voluntad de ampliar su alcance.
  • Se incide en la colaboración entre la AEAT y las Administraciones tributarias de la CCAA, que se viene materializando a través del intercambio de información censal a través del Censo Único Compartido. En este sentido, durante los últimos años se han recibido, por ejemplo, varios requerimientos por parte de contribuyentes que no presentaban la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio debido precisamente al cruce de información sobre titularidad de bienes y derechos.
  • Se trabajará en detectar la titularidad indirecta de inmuebles mediante sociedades extranjeras por personas físicas no residentes a los efectos de su tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio por obligación real.

IMPUESTOS INDIRECTOS:

  • Se continuará la verificación por parte de la AEAT del adecuado cumplimiento de la obligación de los sujetos pasivos acogidos al sistema SII.
  • Se perseguirá la utilización de personas jurídicas con la finalidad de acceder al derecho a la deducción de cuotas de IVA soportado, cuando estén relacionadas directa o indirectamente con otras entidades cuyas actividades no generan derecho a la deducción, cuando se considere que las conductas o estructuras creadas son claramente abusivas, con la única finalidad de la minoración de la tributación.
  •  Se seguirá potenciando el control sobre las tramas de fraude al IVA intracomunitario que operan en el sector de vehículos. En concreto, se hace referencia al sector de vehículos (matriculaciones de vehículos usados procedentes de la UE), a las importaciones de productos de consumo, textiles con origen asiático, el control de los operadores en el sector de hidrocarburos y de alcoholes y bebidas derivadas y entregas de materiales y componentes electrónicos no amparados por la regla de inversión del sujeto pasivo.

ACTUACIONES ESPECIFICAS:

La AEAT prevé intensificar el control y llevar a cabo las siguientes actuaciones específicas:

  • Se intensificará el control sobre las actividades de rehabilitación y reformas de vivienda.
  • Control de residentes en España que rebajan artificialmente su factura fiscal al declarar por el Impuesto sobre la Renta de los no Residentes. También se focalizará la comprobación en esas personas no nacionales que eligen residir en España pero que no tributan por su renta mundial, «sino que lo siguen haciendo, incorrectamente, a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes únicamente por la renta obtenida o generada en España».
  • Se recuperará la presencia «en la calle» de los inspectores del ministerio. En este sentido, se manifiesta que se realizarán actuaciones de la inspección de visita sin previo aviso a los domicilios o centros de trabajo de contribuyentes y, en concreto, se hace referencia a que estas visitas afectarán al sector de la construcción inmobiliaria, especialmente al sector de la rehabilitación y reformas. También se hace referencia a que dichas visitas alcanzarán a los denominados “nidos de sociedades”; esto es, domicilios de simple recepción de correspondencia.
  • Investigación directa sobre contribuyentes de alta capacidad económica «para la detección y regularización de los comportamientos irregulares en que incurran».
  • Control sobre las prácticas empresariales que buscan beneficiarse de deducciones y otros incentivos fiscales de forma indebida. Es una práctica que llevan a cabo las entidades carentes de actividad, cuyo principal motivo de su existencia es el aprovechamiento indebido de estos beneficios fiscales.
  • Control de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión Inmobiliaria (SOCIMI), controlando el cumplimiento de los requisitos de inversión y de reparto de dividendos previstos normativamente.

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