Notificaciones electrónicas. Recomendaciones

By Published On: 11/08/2022Categories: af-blog

A partir del 1 de noviembre la DGT se suma a los Organismos que notifican a las empresas exclusivamente por la vía electrónica. Aprovechamos esta Newsletter para recordar las principales recomendaciones que conviene tener en cuenta en las notificaciones electrónicas

 

Obligatoriedad de Dirección Electrónica Vial para Empresas

La DGT está llevando a cabo una campaña de notificación a las empresas informándolas que, a partir del próximo 1 de noviembre de 2022, dejará de enviar notificaciones en papel a las Personas Jurídicas. A partir de ese momento se notificará exclusivamente de forma electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV).

De este modo, la DGT se suma a los organismos que han abandonado las notificaciones presenciales por las telemáticas.

A tales efectos, es necesario tener en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Para darse de alta en DEV será necesario usar un certificado digital en vigor y facilitar un correo electrónico y un teléfono móvil donde recibir los avisos de las notificaciones pendientes. En caso de no darse de alta, se asignará de oficio una dirección electrónica vial, donde se realizarán las notificaciones pertinentes. Es importante recordar que, si no se comunica a la DGT un correo electrónico o teléfono móvil para este fin, no se recibirán los avisos de la puesta a disposición de las notificaciones de multas de tráfico.

 

  • Transcurridos 10 días desde que se pone la notificación a disposición del administrado, se entiende que la comunicación ha sido legalmente notificada, haya sido o no descargada. Este hecho es de especial relevancia por cuanto que fija el plazo a partir del cual empieza a transcurrir los días para impugnar la resolución.

 

¿Qué notificaciones descargamos desde AF?

Si usted tiene contratado con nosotros el servicio de recepción de notificaciones electrónicas, debe tener en cuenta lo siguiente:

AF solo se descarga aquellas notificaciones provenientes de la AEAT y aquellas otras de índole fiscal que emitan los organismos adscritos a ENOTUM y a la DEHú y cuya relación se adjunta a esta Newsletter. Hay que tener en cuenta que este listado se va actualizando periódicamente, a medida que se van adhiriendo nuevos organismos.

Desde AF NO descargamos contenidos que no sean de índole fiscal. Por lo tanto, es conveniente que se den de alta en estos organismos (p.ej. DGT) con sus datos y su email, para que les avisen a ustedes directamente cuando les llegue una notificación, y así puedan tener puntual conocimiento de las mismas.

 

Cuidado si dispone de varios certificados

Puede darse el caso que el cliente use un certificado digital distinto del que disponemos en AF. En esos casos, si el cliente ha iniciado un expediente por su cuenta con un certificado, cuando AF se conecta con otro certificado distinto al utilizado por el cliente para descargarse las notificaciones recibidas en ese expediente, es posible que no nos aparezca ninguna.

Para evitar que pueda quedar alguna notificación fiscal pendiente de descargar, es importante adoptar las siguientes medidas:

  • Si el cliente presenta por su cuenta algún escrito/solicitud/declaración, es importante que designe nuestro siguiente email a efecto de notificaciones:

control.venciments@af-taxlegal.com

  • Caso de tener el cliente varios certificados digitales, es conveniente que utilice siempre el mismo que tenemos en AF (si no saben cuál es, pregunte a su asesor).

 

 

  • Si el cliente recibe o se descarga por su cuenta alguna notificación, es importante que la remita lo antes posible a su asesor.

 

Recomendaciones finales:

  1. Asegúrese de tener siempre el certificado digital vigente

 

  1. Dese de alta en los principales organismos

Dé de alta a su empresa para recibir notificaciones electrónicas en los principales organismos (p.ej. AEAT, ATC, Diputación o Ayuntamiento correspondiente, DGT, etc.) y designe un correo electrónico en el que recibir los avisos. Revise ese email periódicamente. De ser posible, es recomendable facilitar varios correos electrónicos y/o números de teléfono móvil, y mantenerlos siempre actualizados.

  1. Acceda periódicamente a la DEHú

Aunque se haya designado una dirección de correo electrónico en el que recibir los avisos de notificaciones, aconsejamos que se acceda periódicamente a la DEHú (Dirección Electrónica Habilitada Única: https://dehu.redsara.es/), mínimo una vez por semana. Recuerde que los emails que envían los organismos son meros avisos de cortesía, por lo que puede darse el caso que tengamos una notificación pendiente de descarga y no hayamos recibido email de aviso alguno, siendo la notificación recibida correctamente efectuada.

  1. Envíe la notificación recibida a su asesor

Tan pronto se haya descargado una notificación electrónica, si es de índole jurídica o tributaria, hágala llegar lo antes posible a su asesor para que podamos estudiar si es correcta y, caso contrario, podamos interponer contra la misma los recursos correspondientes en defensa de sus intereses.

  1. Personas físicas

Si bien las personas físicas no están obligadas a recibir notificaciones por la vía electrónica, sí puede ser conveniente en muchos casos acogerse a este sistema de notificaciones, ya sea por comodidad, por asegurar la recepción, o, simplemente, para designar los días en los que no quiere recibir notificaciones (p.ej. en el caso de notificaciones de Hacienda).

 

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

 

Un cordial saludo,

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