La obligación de información  introducida por la Circular 4/2012 del Banco de España, en vigor desde el pasado 1 de enero de 2013, es de aplicación también a las empresas que operen con otros países miembros de la UE y que efectúen cobros y/o pagos con no residentes. Hasta ahora dicha obligación la asumían los Bancos, pero a partir de ahora, y a raíz de la Circular 4/2012, son las propias empresas quienes están obligadas a ello, derivándose sanciones caso de no hacerlo. DESCARGAR PDF